¿Es lícito acudir a las
cercanías de un acto político a abuchear
a sus organizadores? No pregunto si se acomoda a las
normas -para mí deseables- de la tolerancia y
la buena educación, sino si es lícito.
Deduzco que lo es, considerando que
ningún tribunal ha condenado nunca a nadie por
hacerlo. He visto al lehendakari Ibarretxe abucheado
y amenazado de agresión en Aragón, en
Andalucía y en Valencia sin que nadie fuera detenido
y sin que el PP mostrara el menor desagrado por lo sucedido.
Líderes de UPN, aliada del PP, trataron de boicotear
a grito pelado hace cuatro meses una conferencia del
irlandés Martin McGuiness en Pamplona, y nadie
les sancionó. Recordemos lo que le sucedió
a José Bono en una manifestación de la
AVT celebrada en Madrid en enero de 2005: toda la polémica
se centró en si había sido agredido físicamente
o no. Que lo pusieran cual chupa de dómine dio
lo mismo.
Entiendo muy bien que a Piqué
y a Acebes les toque las narices no poder dar mítines
en tierras catalanas sin que les acompañe un
inevitable coro de broncas, aunque considero que, en
lo que a las estrictas broncas se refiere, deberían
hacer de tripas corazón, por lo menos hasta que
se decidan a condenar a aquellos de sus correligionarios
que se movilizan para abroncar a otros. A cambio, me
parece obvio que tienen todo el derecho a exigir que,
si alguien los zarandea o golpea, sea castigado como
se merece.
Establecido lo anterior, consigno mi
perplejidad ante el hecho de que el PSC haya decido
la expulsión "fulminante" de Jordi
López Forn, secretario de las juventudes socialistas
de Martorell, al que acusa de haber increpado a Piqué
y a Acebes. No pretende que López Forn les pusiera
la mano encima, ni mucho menos. Sólo que estuvo
presente en la bronca.
Ignoro si los estatutos del PSC prohibirán
a sus militantes abroncar a los mandamases de otros
partidos. Lo que me consta, por contra, es que la Ley
Orgánica 6/2002, llamada de Partidos Políticos,
establece taxativamente en su artículo 8.3: "La
expulsión y el resto de medidas sancionadoras
que impliquen privación de derechos a los afiliados
sólo podrán imponerse mediante procedimientos
contradictorios, en los que se garantice a los afectados
el derecho a ser informados de los hechos que den lugar
a tales medidas [y] el derecho a ser oídos con
carácter previo a la adopción de las mismas".
De modo que quienes habrían de
ser sancionados en primer lugar son aquellos que han
expulsado con tanta premura a Jordi López Forn
de las filas del PSC. Expulsión que debería
ser anulada de inmediato y sustituida por la apertura
de un expediente disciplinario que dilucide si abuchear
a los oponentes políticos es incompatible con
la militancia socialista.
No parece que sea muy correcto pretender
ser legal saltándose la ley.
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